En lo que a minería respecta, las facultades transferidas se refieren a la promoción, registro, evaluación ambiental, fiscalización y formalización de la minería a pequeña escala. Ello supone que, a partir de este proceso, una serie de procedimientos o relaciones que anteriormente los pequeños productores mineros, productores mineros artesanales u otros pequeños productores mineros debían seguir ante el Ministerio de Energía y Minas o el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero (INACC) –hoy incorporado al Instituto Nacional Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET)–, ahora son competencia de los gobiernos regionales.
ENCUENTRA MÁS INFORMACIÓN EN:
INSTAGRAM:
© 2020 - Conocimiento Legal Peruano - Uso Académico, sin fines de lucro.
Comentários